Solicitud de Dote matrimonial del ISL
Es el monto en dinero que se paga por una sola vez a los pensionados vitalicios (mayores de 45 años), de viudez o de la madre de hijos del fallecido, y que vuelven a casarse.
El monto del beneficio de la dote matrimonial corresponderá a dos años de la pensión de viudez o madre de los hijos de filiación no matrimonial, de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, calculado sobre la base de las mensualidades de la última pensión percibida antes de contraer matrimonio.
Documentos necesarios para realizar este tramite:
- Formulario Único de Prestaciones Económicas (FUPEC) solo indicando que solicita Dote Matrimonial, para obtener haz clic aquí.
- Datos para el pago.