Reingreso de Atención médica

Reingreso de Atención médica

Permite que un trabajador o trabajadora que sufrió un accidente laboral, de trayecto o enfermedad profesional pueda solicitar nuevamente una atención médica, esto si la denuncia fue ingresada con anterioridad en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), calificada laboral o no común, si el paciente ya había recibido el alta médica y si el motivo de reingreso se vincula indubitablemente con el siniestro laboral acogido. 

¿Quién puede realizar el trámite? 

    • Trabajador/a, dependientes e independientes, adheridos al Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
    • En caso de realizar el trámite en nombre de un tercero, éste debe presentar un poder notarial del trabajador/a. 

 
¿A Quién está dirigido? 

Trabajadores/as, dependientes e independientes, adheridos al Instituto de Seguridad Laboral, que producto de un accidente laboral o enfermedad profesional, cuente con una Resolución de Calificación (RECA) Laboral o no común.

Documentos necesarios para realizar este tramite:   
  1. Cédula de Identidad vigente.
  2. Formulario Único de Prestaciones Médicas y Anexo 2.